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![]() "No puede ser, pero es. El número de páginas de este libro es exactamente infinito. Ninguna es la primera; ninguna, la última. [...] Si el espacio es infinito estamos en cualquier punto del espacio. Si el tiempo es infinito estamos en cualquier punto del tiempo"
"No me gusta nada que haga postrarse a un hombre" "La libertad no hace felices a los hombres; los hace, sencillamente, hombres" |
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Suelo ver cada viernes el programa de Cuatro, Callejeros. Es, en estos tiempos de estulticia concentrada y aborregamiento generalizado, uno de los pocos ejemplos de periodismo de denuncia dignos de ser calificados como tal. Pues bien, ayer trataba el asunto de las infraviviendas. Es realmente conmovedor ver cómo mucha gente sigue viviendo en condiciones de poca o nula higiene, por decir algo. En la mayoría de los casos estas viviendas son arrendadas por individuos sin escrúpulos a gente con pocos recursos. Así, inmigrantes y pensionistas suelen ser las víctimas propiciatorias. El caso es que después de ver el reportaje me asaltó una duda; si la libertad individual tiene límites ¿los debe tener también la propiedad? En Cataluña se van a aplicar medidas para sacar al mercado pisos vacíos. La premisa es que, a mayor oferta, bajarán los preios. Hasta ahí el razonamiento es impecable. Lo malo del asunto es que choca frontalmente con el derecho a la propiedad privada. Es decir, si yo tengo un piso vacío porque, por ejemplo, se lo quiero dejar de herencia a mi hijo ¿tiene derecho la Administración a intervenir? Más, ¿no es la propia Administración la que no liberaliza el suelo? ¿No es cierto que un 10% del precio de una vivienda se va en pagar impuestos? Todo ello por no hablar del caso del propietario que se ve impotente para echar a unos inquilinos que no pagan o que maltratan su propiedad. En suma, una serie de factores que inciden en que no haya oferta. Bajo mi punto de vista nos encontramos ante dos problemas. El primero es el que ya he mencionado; no existe una legislación que garantice por igual los derechos de propietarios e inquilinos. De este modo, la persona que alquila carece de instrumentos legales para reclamar al propietario las condiciones que se establecen en cualquier contrato y que deben estar sujetas al sentido común. Por eso, cuando un inquilino vive en condiciones infrahumanas, el responsable legal es el propietario. Aquí, el derecho a la propiedad entra en conflicto con los derechos del inquilino. En estos casos, la Justicia debería establecer penas y sanciones por atentar contra la salud pública y, si me apuran, contra la dignidad del individuo. Entiendo que el derecho a la propiedad privada no debe estar sujeto al intervencionismo del Estado. Pero también entiendo que, igual que la libertad –que es el derecho más sagrado-- acaba donde empieza la de los demás, los límites del derecho a la propiedad se situan --únicamente-- donde empiezan los derechos fundamentales de nuestros semejantes. Y más si hay un contrato de por medio.
Fecha: 29/03/2007 12:23.
Fecha: 29/05/2007 14:28. |